Casos de Prestación Anticipada de Vejez
Este es uno de los beneficios que trae la reforma pensional 2381 de 2024. Este beneficio estará vigente hasta el 10 de enero de 2036 y sirve para dotar de un ingreso a los afiliados mientras terminan de cotizar las semanas mínimas requeridas para una pensión de vejez. Lo primero que debemos aclarar sobre este beneficio es que la prestación anticipada no es una pensión. Se trata de un ingreso que se calcula de forma proporcional al tiempo cotizado. Se concede a aquellos afiliados que no se encuentren en el régimen de transición, que tengan 1,000 semanas o más cotizadas (sin haber alcanzado las mínimas requeridas para la pensión) y que tengan 62 años de edad en el caso de las mujeres, o 65 años en el caso de los hombres.
Del ingreso mensual reconocido por la prestación anticipada, se descontarán mensualmente las cotizaciones faltantes hasta que se alcancen las semanas mínimas requeridas para adquirir la pensión de vejez, momento en el que cesa la prestación anticipada.