REQUISITOS Y COBERTURAS

Prestaciones y trámites

Requisitos, coberturas y qué hacer en cada caso. Explicado de forma sencilla y con los pasos clave.

Destacado

Reforma pensional 2024: lo que debe saber

Resumen práctico, cambios y cómo podrían impactarle cuando entre en vigencia y sea reglamentada.

Pensión de vejez

Ingreso mensual vitalicio al cumplir la edad y las semanas exigidas.

Requisitos esenciales

  • Edad: 62 años (hombres) y 57 años (mujeres).
  • Semanas: Hoy se requieren 1.300 semanas para todos. Para las mujeres, estas semanas bajarán gradualmente a partir de 2026 hasta llegar a 1.000 en 2036.
  • Afiliación activa en Colpensiones o en una AFP (RAIS).
  • No haber recibido devolución de saldos o indemnización sustitutiva.

¿Cómo se tramita?

  1. Verificar edad y semanas cotizadas.
  2. Revisar y depurar la historia laboral.
  3. Radicar solicitud ante Colpensiones o la AFP.
  4. Esperar resolución.
  5. Inicia el pago de la mesada pensional.

Documentación mínima requerida

  • Cédula de ciudadanía.
  • Historia laboral depurada.
  • Formulario de solicitud.
  • Certificación bancaria.
Tiempos / alertas: estimado 4–6 meses. Revise su historia laboral al menos 2 años antes de cumplir la edad. Si cotiza más de 2,3 SMLMV y la reforma entra en vigencia, podría tener que elegir administradora adicional para el componente complementario.

¿Cómo le ayuda 60Más?

  • Verificamos y corregimos su historia laboral (omisiones y tiempos no reportados).
  • Calculamos su mesada pensional estimada y proyectamos escenarios según el régimen (Colpensiones vs fondo privado).
  • Comparamos los beneficios entre RAIS y RPM para ayudarle a tomar decisiones informadas.
  • Si ya cumple requisitos, tramitamos su pensión.
  • Si ya está pensionado, auditamos su liquidación para detectar errores.

Devolución de saldos / Indemnización sustitutiva

Devolución de aportes cuando no se cumplen los requisitos para pensionarse. En caso de reforma, podría restringirse a personas en transición.

Requisitos esenciales

  • Edad mínima: 62 años (hombres) y 57 años (mujeres).
  • No cumplir el mínimo de semanas requeridas (1.300 hoy).
  • No haber recibido ya esta devolución anteriormente.

¿Cómo se tramita?

  1. Verificar edad y semanas cotizadas.
  2. Solicitar historia laboral definitiva.
  3. Presentar carta de solicitud formal.
  4. Esperar resolución y giro del dinero acumulado.

Documentación mínima requerida

  • Cédula de ciudadanía.
  • Historia laboral.
  • Carta de solicitud.
  • Certificación bancaria.
Tiempos / alertas: estimado 2–4 meses. Con la reforma, esta opción podría limitarse a quienes estén en transición. Si no está en transición, podría pasar al Pilar Semicontributivo.

¿Cómo le ayuda 60Más?

  • Verificamos si aún puede pensionarse (semanas omitidas, cálculos actuariales, beneficios por hijos, BEPS, casos especiales).
  • Si no hay otra vía, le guiamos para tramitarla por su cuenta sin costo.
  • En casos complejos (varios fondos, tiempo en el exterior), lo hacemos por usted.

Pensión de invalidez

Reconocimiento económico vitalicio por pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50%, causada por enfermedad o accidente común.

Requisitos esenciales

  • Dictamen médico que certifique pérdida de capacidad laboral ≥ 50%.
  • 50 semanas cotizadas dentro de los últimos 3 años.
  • Ser afiliado activo o haber cotizado recientemente y mantener cobertura en el sistema pensional.
  • No estar pensionado por otro tipo de prestación.

¿Cómo se tramita?

  1. Solicitar la calificación ante la EPS o Junta Regional de Calificación.
  2. Reunir historia clínica y certificados médicos.
  3. Radicar la solicitud ante Colpensiones o la AFP, con dictamen adjunto.
  4. Esperar el reconocimiento y retroactivo (si aplica).

Documentación mínima requerida

  • Cédula de ciudadanía.
  • Dictamen de pérdida de capacidad laboral.
  • Historia clínica completa.
  • Historia laboral.
  • Formulario de solicitud pensional.
Tiempos / alertas: estimado 3–6 meses. Puede apelar si el dictamen es inferior al 50% o no refleja su condición real. En muchos casos aplica retroactivo desde la fecha de estructuración.

¿Cómo le ayuda 60Más?

  • Acompañamos la obtención del dictamen y el seguimiento de su proceso.
  • Si hay errores o negativa, gestionamos la apelación o acción judicial.
  • Tramitamos la pensión completa ante Colpensiones o su AFP.
  • Le representamos legalmente si está en el exterior o desea asegurar un proceso correcto, sin errores ni omisiones.

Pensión de sobrevivientes

Sustitución de la pensión o del derecho pensional del afiliado fallecido, a favor de sus beneficiarios legítimos.

Requisitos esenciales

  • Fallecimiento del afiliado o pensionado.
  • Si no estaba pensionado: mínimo 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años antes del fallecimiento.
  • Acreditar vínculo conyugal, parental o de dependencia económica.
  • No haber sido declarado indigno.

¿Cómo se tramita?

  1. Obtener registro civil de defunción del afiliado o pensionado.
  2. Reunir los documentos que acreditan su calidad como beneficiario (hijo, cónyuge, padre, etc.).
  3. Solicitar historia laboral del causante.
  4. Presentar solicitud ante Colpensiones o la AFP.
  5. Esperar resolución.

Documentación mínima requerida

  • Registro civil de defunción.
  • Registros civiles de nacimiento y/o matrimonio.
  • Cédulas de los beneficiarios.
  • Historia laboral del causante.
  • Declaración de dependencia económica (si aplica).
¿Colpensiones o AFP?
En ambos casos la ley que regula esta pensión es la misma. Sin embargo, hay diferencias importantes:
  • En Colpensiones: si el afiliado cumple semanas mínimas, el sistema garantiza la pensión a los beneficiarios, con base en el régimen solidario.
  • En las AFP: si el capital acumulado no alcanza, la aseguradora cubre la diferencia. Si no hay beneficiarios legales, el saldo entra a proceso de sucesión.

¿Cómo le ayuda 60Más?

  • Confirmamos si es beneficiario legítimo y organizamos toda la documentación.
  • Tramitamos todo el proceso ante Colpensiones o la AFP.
  • Si hay demoras o negativas, actuamos legalmente para proteger su derecho.

Pensión familiar

Permite que una pareja que no cumple por separado acceda a una pensión sumando semanas o capital.

Requisitos esenciales

  • Ambas personas han cotizado pero no cumplen los requisitos de forma individual.
  • Vínculo conyugal o unión marital de hecho demostrable.
  • Ninguno ha recibido pensión ni devolución de saldos.
  • Ambos han alcanzado la edad de pensión.
  • Estar afiliados al mismo régimen o tener opción de traslado.

¿Cómo se tramita?

  1. Verificar número de semanas o capital acumulado de ambos.
  2. Solicitar historias laborales y constancias.
  3. Acreditar el vínculo conyugal o unión libre.
  4. Presentar solicitud conjunta ante Colpensiones o la AFP.
  5. Esperar resolución y reconocimiento conjunto.

Documentación mínima requerida

  • Registro de matrimonio o declaración juramentada de unión marital.
  • Cédulas de ciudadanía de ambos.
  • Historias laborales.
  • Certificación de convivencia (si aplica).
  • Formulario conjunto de solicitud.
Tiempos / alertas: estimado 4–6 meses. Se reconoce una sola mesada compartida entre ambos solicitantes.

¿Cómo le ayuda 60Más?

  • Verificamos si cumplen los requisitos de manera conjunta.
  • Reunimos y validamos los documentos necesarios.
  • Realizamos el trámite completo ante la entidad correspondiente.
  • Explicamos el impacto económico y la forma de distribución de la mesada.